Si está leyendo este artículo, probablemente un ser querido ha fallecido como consecuencia de un accidente.
Nuestros abogados están especializados en este tipo de casos, llevando a clientes, familiares de fallecidos en accidentes de tráfico, en toda España.
Lo primero que un cliente debe hacer en estos casos es tramitar la documentación necesaria para el entierro y sepelio o incineración del familiar. Posteriormente, deberá contactar con la aseguradora para negociar la indemnización de todos los familiares y allegados que tengan derecho a la misma. Por último, deberá ocuparse de la aceptación de la herencia del fallecido y la presentación del Impuesto de Sucesiones.
En nuestro despacho tenemos un departamento especializado en fallecidos por accidentes de tráfico y podemos ayudarle con todos estos trámites o sólo con alguno, según usted prefiera.
¿Por qué recomendamos que cuente con asesoría legal a la hora de negociar la indemnización?
Si usted no conoce el baremo de accidentes de tráfico, desconoce también la manera de cuantificar la indemnización así como cuantas personas de la familia, o incluso no familiares, tienen derecho a ser indemnizados. Es patente que la aseguradora del vehículo que causó el accidente y provocó la muerte a su ser querido, si que conoce perfectamente la Ley y las indemnizaciones que debe pagar de acuerdo con la Ley. También es evidente que esa aseguradora cuenta con especialistas en casos de fallecimiento por accidente de tráfico, que tienen una problemática diferente a la de otros accidentes con lesionados, que serán quienes negocien la indemnización.
En nuestra opinión, que un cliente, que se encuentra en una situación vulnerable debido a la pérdida de su familiar o amigo y sin conocimiento de cuáles son realmente sus derechos, no puede negociar con criterio suficiente la indemnización.
Para empezar, si no sabe cuantificar la indemnización máxima que puede recibir, tampoco puede saber si le están ofreciendo una cuantía justa. Igualmente, nos encontramos con gente que teniendo derecho a una indemnización, no lo sabe, y pierde su derecho por no reclamarlo y dejar que pase el tiempo.
¿Qué gestiones hace la Administración al fallecer una persona en carretera?
Los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado (la policía, guardia civil, mossos…) envían un grupo de Atestados. Asimismo, si en el teléfono de emergencias se alerta de posibles heridos, enviarán también una ambulancia del Servicio de Emergencias Médicas.
Una vez llegan al lugar de los hechos, si el accidentado ha fallecido la policía contactará con el Juzgado de Guardia del partido judicial que enviará un médico forense para que certifique la muerte y se pueda realizar el levantamiento de cadáver.
A continuación, se llevará el cuerpo al Servicio de Patología Forense del Instituto de Medicina Legal, para que se le practique la autopsia.
Posteriormente se emitirá un certificado de defunción y con él se podrá comenzar los trámites de la herencia.
¿Qué indemnización me corresponde?
La indemnización depende de varias cosas.
Por un lado, se indemnizan diferentes perjuicios:
- Perjuicio personal básico.
- Perjuicio personal particular.
- Perjuicio patrimonial.
Hay que ser meticulosos calculando todos los posibles daños.
También, se indemniza diferente según el grado de parentesco, siendo diferente la indemnización a un hijo que a un hermano. Se tiene en cuenta también la situación del perjudicado, por ejemplo, las indemnizaciones no son iguales para un hijo único que para una situación en la que hay varios hijos, ni tampoco son iguales si el hijo tiene alguna discapacidad o si el hijo es conviviente.
En definitiva, hay múltiples aspectos que pueden hacer variar la indemnización y la variación puede ser de decenas de miles de euros. Es por ello que al inicio del artículo recomendamos tener una asesoría legal adecuada en casos de fallecimiento por accidente de tráfico.
Sin ir más lejos, en un caso reciente en el sur de España, nos encontramos que un cliente iba a aceptar una indemnización un 50% más baja que la que al final obtuvo. Si hubiera actuado sin asesoría, el cliente nos indicó que probablemente hubiera aceptado la primera oferta, pues le parecía justa desde su punto de vista subjetivo, pero al informarle de sus derechos, fue consciente de que para nada era justa, sino todo lo contrario.
Por ello, le recomendamos que nos contacte y le representaremos para obtener el mejor resultado.
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